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Proceso de suspensión de Beneficios Estatales de arancel (segundo semestre 2018)

Para iniciar el proceso los estudiantes interesados deben acercarse a la Sala de Atención al estudiante de la DAE, ubicada en el primer piso de la DAE, en Almirante Barroso #10 (frente al casino de casa central). El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 13:30 horas y de 17:00 a 18:50 horas.

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En caso de que por algún motivo de fuerza mayor debas suspender momentáneamente tus estudios, tienes la posibilidad de suspender también tu beneficio, y retomarlo una vez que reanudes tu carrera.

El proceso de Suspensión de Beneficios Estatales de Arancel (Gratuidad y Becas) para el segundo semestre, se inicia a partir del 30 de julio hasta el 28 de septiembre.

Los y las estudiantes que requieran realizar el proceso de suspensión del segundo semestre o el año 2018 completo, deben acercarse a la “Sala de Atención al estudiante” de la DAE, ubicada en el primer piso de la DAE, en Almirante Barroso #10 (frente al casino de casa central). El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 13:30 horas y de 17:00 a 18:50 horas.

Los documentos que deben presentar para realizar el proceso son:

1- Formulario suspensión beneficios estatales de arancel 2018.

2- Resolución de suspensión académica emitida por DARA

3- Respaldo formal de la causal por la cual realiza la suspensión del beneficio, según lo que señala el MINEDUC.

 

CAUSALES DE SUSPENSIÓN DE ESTUDIOS Y ABANDONO

 CAUSAL

DOCUMENTO DE RESPALDO

1

Embarazo

Certificado médico emitido con timbre y firma.

2

Cambio en la situación socioeconómica del grupo familiar

– Informe Social emitido por la asistente social de la Municipalidad de residencia del estudiante.
– Finiquito o Carta de desvinculación, o comprobante de pago de Seguro o Subsidio de Cesantía.

3

Jornada laboral del estudiante impide continuidad de estudios.

Contrato de trabajo que señale la jornada laboral que impide la continuidad de estudios.

4

Cambio de ciudad de residencia del estudiante.

– Certificado de residencia.
– Certificado o carta de la empresa que acredite el traslado.

5

Falta de carga académica del estudiante que impide continuidad de estudio.

Certificado emitido por la institución de educación superior que señale la falta de carga académica o motivo académico que impida la continuidad durante el periodo de tiempo que suspende el alumno.

6

Pasantía en el extranjero

Certificado de aceptación del programa en el extranjero y/o certificado emitido por la institución de Educación Superior de matrícula que señale el programa y su respectiva duración.

7

Problemas de salud del estudiante

Certificado médico con timbre y firma. Debe indicar el periodo durante el cual el alumno no puede continuar con sus estudios.

8

Problema de salud de un integrante grupo familiar directo

– Certificado médico con timbre y firma.
– Acreditar el parentesco y pertenencia al grupo familiar: Cartola Hogar, documento descargable desde www.registrosocial.gob.cl (sólo si éste se encuentra disponible), o comprobante de FUAS.

9

Cuidado de hijo(a) recién nacido(a)

Certificado de nacimiento de hijo, que indique nombre de los padres y fecha de nacimiento.

10

Condena Judicial

Documento judicial que indique la duración de la condena u otro que respalde el motivo.

11

Otro

Documento que respalde el motivo de suspensión.

 

 IMPORTANTE: No reportar oportunamente una suspensión puede significar la pérdida de tu beneficio.

 Para mayor información puedes visitar la página web http://portal.beneficiosestudiantiles.cl/suspension-de-beneficio

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