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Estado Docente e igualdad de género en Chile: una reflexión a cien años de la Ley de Educación Primaria Obligatoria

Los académicos de la Facultad de Educación, María Teresa Rojas y Pablo Astudillo, reflexionan sobre las desigualdades de género que aún persisten en el sistema escolar chileno.

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Fuente: Ciperchile.cl

María Teresa Rojas, académica Facultad de Educación.

Este año se cumplen 100 años de la aprobación de la Ley de Educación Primaria Obligatoria (en adelante LEPO) en Chile. Se trata de un hito en la historia de la educación, pues consagró el rol del Estado como garante de la escolaridad de niños y niñas durante buena parte del siglo XX. Las elites políticas del período consensuaron que era obligación del Estado construir un sistema escolar que ofreciera cobertura a toda la población y, al mismo tiempo, zanjaron cuáles eran los contenidos elementales que debían ser transmitidos a todos los estudiantes. En este intento, tal como se había decidido ya en el siglo XIX, se distinguieron contenidos para niños y niñas, conforme a lo que las oligarquías liberales y conservadoras esperaban de la educación y desempeño futuro de unos y otras. Se erigió de esta forma una educación sexista que fomentó estereotipos de género y que se mantuvo parte importante del siglo XX. No obstante lo anterior, la creación de escuelas y también de liceos fiscales fue clave en la expansión y posterior masificación de la matrícula escolar femenina.

Pablo Astudillo, académico Facultad de Educación UAH.

La historia de la expansión y cobertura de la educación de hombres y mujeres tiene sus raíces en el siglo XIX. La Ley de Instrucción Primaria de 1860, promulgada en el gobierno de Manuel Montt, estableció que la educación se impartía bajo la dirección del Estado, de forma gratuita y para personas de ambos sexos. Además, entregó lineamientos generales acerca del curriculum escolar para la educación primaria y primaria superior (Egaña, L; Nuñez, I; Salinas, C, 2003). Para ello, la ley fijó desde un principio escuelas elementales para niños y niñas que no tenían distinciones curriculares. Para ambos sexos consignaba esta ley, se debía enseñar lectura, escritura, doctrina católica, elementos de aritmética y el sistema legal de pesos y medidas (Egaña et al, p.62). La distinción entre hombres y mujeres operaba en los cursos más avanzados para las escuelas superiores, pues en este caso la ley estipulaba que en las escuelas primarias superiores para hombres se enseñaría, además de los temas mencionados, geografía, dibujo y la Constitución Política. Mientras que en las escuelas superiores de mujeres a los ramos de la escuela elemental se agregaron las asignaturas domésticas, como la costura, el bordado y las labores de la aguja (Egaña et al, p. 62). Lo mismo consignó la LEPO de 1920, dado que en el artículo 21 establecía que las asignaturas propiamente femeninas eran la Economía Doméstica y Puericultura (LEPO, art 21). Por tanto, existió igualdad de contenidos en un nivel inicial, pero en los niveles posteriores al 4to grado, se establecían distinciones por sexo y una clara división en lo relativo a los trabajos manuales. Esta diferencia curricular se asentaba en una cultura patriarcal que concebía el rol de las mujeres en el espacio doméstico, mientras que la educación de los hombres se vinculaba con los temas públicos y el trabajo asalariado.

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