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Miriam Henríquez: “El caso Crisóstomo es un posible descarrilamiento en nuestro sistema de constitucionalidad”

En su columna, Miriam Henríquez, decana de la Facultad de Derecho de la UAH, analiza el caso Crisóstomo y las tensiones entre la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional. Advierte que la decisión del máximo tribunal de declarar inadmisible la apelación del Ministerio Público invade competencias exclusivas del TC, evidenciando riesgos para el respeto a la supremacía constitucional y para la legitimidad del sistema judicial chileno.

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Fuente: La Tercera

En días en que la contienda presidencial absorbe por completo la discusión pública, pasó casi inadvertido un episodio significativo de tensión entre el Tribunal Constitucional (TC) y la Corte Suprema (CS), surgido a propósito del caso Crisóstomo.

El caso se originó en 2024, cuando la Corte de Apelaciones de Chillán rechazó la solicitud de desafuero del gobernador regional de Ñuble, Óscar Crisóstomo. El Ministerio Público apeló esa decisión, lo que planteó una cuestión jurídica relevante: ¿ puede la fiscalía apelar cuando el desafuero es rechazado?

El gobernador sostuvo que el artículo 124 inciso 6° de la Constitución permite apelar únicamente la resolución que acoge el desafuero y dedujo un requerimiento ante el TC para que declare inaplicable el artículo 418 del Código Procesal Penal (CPP) que autoriza la apelación sin distinguir el tipo de resolución en esta materia. En septiembre de este año, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento (con empate de votos). De modo que el precepto legal del CPP podía ser aplicado por la Corte Suprema para resolver la apelación del Ministerio Público.

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