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Miriam Henríquez: “Seguir aplazando la discusión (de la sala cuna universal) implica aceptar que el cuidado es un asunto secundario”

Desde una perspectiva jurídica y de política pública, la decana Miriam Henríquez reflexiona sobre la urgencia de avanzar hacia una sala cuna universal como condición habilitante para el trabajo, la equidad de género y el reconocimiento del cuidado como responsabilidad social.

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Fuente: La Tercera

La decisión de postergar la discusión del proyecto de ley de sala cuna universal ha provocado una comprensible y transversal frustración. No se trata solo de un traspié legislativo, sino de una señal preocupante sobre la relevancia que algún sector político le desconoce a los cuidados. En términos generales, el proyecto establece que las personas trabajadoras, en su calidad de madres o padres, tendrán derecho a sala cuna para sus hijos menores de dos años.

El régimen vigente, que vincula el acceso a sala cuna a la existencia de veinte o más trabajadoras mujeres en una empresa, reproduce una discriminación persistente contra las mujeres, desincentiva la contratación femenina, deja fuera a quienes se desempeñan en empleos precarios o informales, y refuerza la idea de que el cuidado es una responsabilidad privada, principalmente de las mujeres, antes que un deber social.

Esta situación se vuelve aún más crítica si se observa el contexto demográfico en el que se produce la postergación. Chile enfrenta un envejecimiento acelerado de su población y una baja sostenida de la natalidad. Además, una política de sala cuna universal constituye una herramienta eficaz de dinamización del mercado del trabajo, al facilitar la incorporación y permanencia laboral de las mujeres.

El proyecto de ley de sala cuna universal intenta corregir estas situaciones. Su principal aporte es que desvincula el derecho al cuidado infantil de la mujer trabajadora y lo reconecta con la lógica de la corresponsabilidad social. No se trata únicamente de ampliar la cobertura, sino de reformular el fundamento mismo de la política pública, entendiendo el cuidado como una condición habilitante para el ejercicio efectivo del derecho al trabajo y de la igualdad sustantiva.

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Miriam Henríquez

Decana Facultad de Derecho UAH

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