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Columna de opinión de la Decana de la Facultad de Derecho UAH, Miriam Henríquez.
Fuente: La Segunda
Mientras la Convención Constitucional comienza a delinear el futuro régimen político, persiste la duda: ¿ Es posible que el órgano constituyente acorte el mandato del futuro Presidente y de los parlamentarios recién electos?
En este marco, y a pocos días de la segunda vuelta, los convencionales de derecha han explorado alternativas para comprometer a la Convención a no establecer un término anticipado a las autoridades electas de conformidad a las reglas establecidas por la Constitución vigente. Avistan el siguiente riesgo: que se cambien las reglas sobre el régimen político, la duración y la reelección del mandato presidencial según quien resulte electo en el Gobierno. Aducen principios como democracia representativa y certeza jurídica.
Sin embargo, por varios motivos, la propuesta de pre-compromiso planteada no es pertinente. En primer lugar, la Constitución vigente prevé esta situación como parte de la transición entre la actual y la nueva Carta. El artículo 138 dispone que la nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial…
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